¿Cómo deducir intereses reales y mantenimiento de tu propiedad?

Comprar una casa en Querétaro implica entender dos conceptos fiscales distintos: los impuestos que pagas al adquirir (como el ISAI) y las deducciones que puedes aplicar después en tu declaración anual. Muchos compradores confunden el precio total de la vivienda con lo que realmente es deducible: los intereses reales del crédito hipotecario.

Te explicamos cuánto dinero te regresa el SAT, qué gastos califican para deducción y cómo aprovechar los beneficios fiscales específicos de Querétaro sin perderte en la complejidad de la ley.

Impuestos principales al comprar casa en Querétaro

Antes de hablar de deducciones, debes conocer los dos impuestos obligatorios que pagarás al momento de la compra. Estos son costos iniciales que no recuperarás en tu declaración anual, pero que todo comprador debe presupuestar para evitar sorpresas durante la escrituración.

Impuesto sobre Adquisición de Bienes Inmuebles (ISAI)

El ISAI (Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles) es un impuesto local pagado por el comprador al adquirir una propiedad en Querétaro, calculado sobre el valor catastral del inmueble.

La tasa del ISAI varía entre 4.5% y 6.5% del valor del inmueble según la ubicación y normatividad municipal en Querétaro. Por ejemplo, si compras una casa con valor catastral de $2,000,000 MXN en el municipio de Querétaro capital, y la tasa aplicable es 5%, pagarías $100,000 MXN de ISAI.

Este impuesto se paga una sola vez durante el proceso de escrituración ante notario público. El notario calcula el monto exacto basándose en el valor comercial o catastral del inmueble (el que sea mayor) y lo incluye en los gastos de cierre. Es importante aclarar que el ISAI no es deducible en tu declaración anual; es simplemente un costo de adquisición.

Impuesto predial en Querétaro

El impuesto predial es una contribución anual que todos los propietarios deben pagar al municipio donde se ubica su inmueble. Se calcula aplicando una tasa porcentual sobre el valor catastral de la propiedad, y esta tasa varía entre los diferentes municipios queretanos.

En Querétaro capital, por ejemplo, la tasa predial ronda el 0.2% al 0.3% del valor catastral anualmente. Para una casa valuada catastralmente en $2,000,000 MXN, el predial anual sería aproximadamente $4,000 a $6,000 MXN. Los municipios ofrecen descuentos significativos (hasta 15-20%) por pago anticipado durante los primeros meses del año.

deducción de impuestos por compra de casa en Querétaro

El predial se paga directamente en las oficinas de Catastro municipal o en línea a través de los portales oficiales. No pagar este impuesto genera recargos, actualización por inflación y, en casos extremos, puede derivar en embargo precautorio. A diferencia del ISAI, el predial es una obligación recurrente que debes presupuestar anualmente como propietario.

Deducciones fiscales aplicables en la compra de vivienda

Las deducciones fiscales se aplican sobre gastos específicos relacionados con el financiamiento y la formalización de la propiedad. La deducción principal y más significativa son los intereses reales que pagas a tu institución crediticia.

Gastos notariales y de Registro Público

Los gastos notariales y de registro no son deducibles de manera general, salvo casos específicos, y deben facturarse electrónicamente a nombre del comprador con desglose de concepto.

Aunque estos gastos (honorarios del notario, certificados de libertad de gravamen, inscripción en el Registro Público de la Propiedad) representan entre 4% y 7% del valor de la vivienda, el SAT no los considera deducciones personales estándar. Solo en casos muy específicos de actividad empresarial o arrendamiento podrían calificar.

Si planeas deducir algún gasto notarial, es indispensable que solicites factura electrónica (CFDI) a nombre de tu RFC, con desglose detallado de cada concepto. Sin este comprobante fiscal, pierdes cualquier posibilidad de deducción. Conserva todos los documentos relacionados con la escrituración durante al menos cinco años.

Intereses reales de crédito hipotecario

La deducción de intereses reales hipotecarios está prevista en el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) y aplica a créditos de bancos, Infonavit o Fovissste, requiriendo la constancia de intereses reales emitida por la entidad financiera.

Los “intereses reales” son los intereses nominales que pagas menos la inflación del periodo. Tu banco, Infonavit o Fovissste te entrega anualmente (generalmente en febrero) una constancia de intereses reales que detalla exactamente cuánto puedes deducir. Este monto es el que capturas en tu declaración anual bajo el rubro de deducciones personales.

Solo puedes deducir intereses de créditos hipotecarios hasta por 750,000 UDIs (aproximadamente $4,500,000 MXN al valor actual). Si tu crédito excede este monto, solo los intereses proporcionales a los primeros 750,000 UDIs son deducibles. Para maximizar este beneficio, considera estrategias de apalancamiento inmobiliario que optimicen tu estructura de financiamiento.

Lo que el SAT no te explica sobre las deducciones

Existen aspectos del sistema de deducciones que no son evidentes en la documentación oficial y que causan que muchos contribuyentes pierdan beneficios fiscales legítimos por desconocimiento o errores de procedimiento.

Requisitos de facturación electrónica (CFDI)

Todos los gastos que pretendes deducir deben estar respaldados por factura electrónica (CFDI) emitida a tu nombre con tu RFC correcto. Este es un requisito absoluto sin excepciones.

Los errores más comunes incluyen:

  • Solicitar la factura a nombre de otra persona (cónyuge, familiar)
  • Aceptar recibos simples en lugar de CFDI
  • No verificar que el RFC en la factura coincida exactamente con el tuyo

Si el notario, banco o proveedor emite la factura con datos incorrectos, debes solicitar la cancelación y reemisión inmediata.

Sin CFDI válido, pierdes completamente el derecho a deducción, incluso si pagaste el gasto y tienes otros comprobantes. El SAT solo reconoce facturas electrónicas timbradas. Verifica cada factura al recibirla y guárdala en formato XML y PDF durante al menos cinco años.

Límites y topes de deducción personal

Puedes deducir hasta el menor de dos montos: 5 UMAs anuales (aproximadamente $178,000 MXN en 2025) o el 15% de tus ingresos totales anuales.

Por ejemplo, si ganaste $500,000 MXN en el año, tu límite de deducciones personales es $75,000 MXN (15% de ingresos), aunque tus intereses reales hayan sido $100,000 MXN. Solo podrás aplicar $75,000 MXN en tu declaración.

Este tope aplica a la suma de todas tus deducciones personales (gastos médicos, colegiaturas, intereses hipotecarios, aportaciones voluntarias al retiro, etc.), no solo a los intereses de tu casa. Planifica estratégicamente cuáles deducciones te conviene más aplicar si estás cerca del límite.

La venta de vivienda usada está exenta de IVA

La venta de vivienda usada está exenta de IVA, por lo que no es posible deducir este impuesto en la compra. Solo las viviendas nuevas vendidas por desarrolladoras causan IVA (16% sobre el valor de la construcción, no del terreno).

Muchos compradores buscan erróneamente “deducir el IVA de la compra” sin entender que en vivienda usada este impuesto simplemente no existe. Si estás considerando propiedades en desarrollos como casas en venta en Zibatá Querétaro, verifica con el desarrollador si se trata de vivienda nueva (causa IVA) o reventa (exenta).

Obligaciones fiscales posteriores a la compra

Adquirir una propiedad crea responsabilidades continuas que debes cumplir como propietario para evitar sanciones y aprovechar correctamente las deducciones disponibles.

Declaración Anual de Impuestos

Debes incluir tu propiedad en tu declaración anual de impuestos, específicamente en la sección de bienes inmuebles del apartado patrimonial. Aquí declaras el valor de adquisición, la ubicación, y si la propiedad está destinada a casa habitación o inversión.

Las deducciones por intereses hipotecarios se aplican en el apartado de “Deducciones Personales” de tu declaración anual, que se presenta entre abril y mayo del año siguiente al ejercicio fiscal. Para aplicarlas, necesitas la constancia de intereses reales emitida por la entidad financiera, que detalla los montos pagados en el año fiscal anterior.

El plazo para presentar tu declaración anual es del 1 de abril al 30 de abril (o hasta mayo si eres asalariado sin otras obligaciones). Presentarla fuera de plazo genera recargos y actualización. Si es tu primera vez declarando con deducciones hipotecarias, considera asesoría profesional para evitar errores.

Pago anual del Impuesto Predial

El impuesto predial debe pagarse anualmente en el municipio donde se ubica tu propiedad. La mayoría de los municipios queretanos ofrecen descuentos por pronto pago de 10% a 20% si liquidas en enero o febrero.

En Querétaro capital, puedes pagar en línea a través del portal oficial del municipio, en oficinas de Catastro, o en bancos autorizados. Conserva tus recibos de pago como comprobante de cumplimiento fiscal y para futuras transacciones de la propiedad.

No pagar el predial genera recargos mensuales, actualización por inflación y después de varios años de omisión puede derivar en embargo precautorio del inmueble. Además, necesitas estar al corriente en predial para poder vender la propiedad, ya que el notario verificará el estado durante la escrituración.

Documentación necesaria para deducir impuestos

Para respaldar tus deducciones ante el SAT en caso de auditoría o revisión, debes conservar los siguientes documentos durante al menos cinco años:

  • Constancia de intereses reales: Documento anual emitido por tu banco, Infonavit o Fovissste que detalla los intereses reales pagados.
  • Escritura pública: El testimonio notarial que acredita la propiedad del inmueble y el valor de adquisición.
  • Contrato de crédito hipotecario: El documento que establece los términos de tu financiamiento.
  • Facturas electrónicas (CFDI): De todos los gastos que pretendes deducir (notariales, registro, etc.), emitidas a tu nombre con RFC correcto.
  • Estados de cuenta bancarios: Que demuestren los pagos mensuales de tu hipoteca.
  • Comprobantes de pago de predial: Recibos anuales que demuestran que estás al corriente en tus obligaciones fiscales locales.

Organiza estos documentos digitalmente en carpetas por año fiscal. El SAT puede solicitar comprobación de deducciones hasta cinco años después de presentada la declaración, por lo que la documentación completa es tu protección ante cualquier revisión.

¿Cuándo necesitas asesoría fiscal profesional?

Contratar un contador o asesor fiscal especializado es recomendable en situaciones como: 

  • Compra de múltiples propiedades simultáneas
  • Adquisición de inmuebles para inversión o arrendamiento
  • Créditos hipotecarios superiores a $5,000,000 MXN
  • Cuando combinas deducciones personales complejas que se acercan a los topes legales
  • Si eres extranjero comprando en México, si la propiedad se adquiere a través de una estructura corporativa (fideicomiso, sociedad)
  • Si planeas vender otra propiedad el mismo año (para optimizar el tratamiento fiscal de ganancias de capital)

deducción de impuestos por compra de casa en Querétaro

Un profesional puede identificar oportunidades de optimización fiscal que no son evidentes para el comprador promedio y evitar errores costosos en la declaración. En Grupo CAISA contamos con un equipo de asesores especialistas en inmuebles de Querétaro que pueden ayudarte a estructurar tu compra de forma que aproveches todas las deducciones disponibles.

Preguntas frecuentes sobre deducciones fiscales en Querétaro

¿Cuánto es el ISAI en Querétaro actualmente?

El ISAI varía entre 4.5% y 6.5% del valor del inmueble según el municipio. Por ejemplo, en una casa de $2,000,000 MXN con tasa de 5%, pagarías $100,000 MXN de ISAI.

¿Puedo deducir el enganche de mi casa?

No, el enganche no es deducible. Solo puedes deducir los intereses reales del crédito hipotecario, no el capital ni el pago inicial que diste al comprar.

¿Los gastos de mudanza son deducibles?

No, los gastos de mudanza no califican como deducción personal. Solo los intereses reales hipotecarios y ciertos gastos notariales específicos pueden deducirse en casos particulares.

¿Qué pasa si no facturo los gastos notariales?

Pierdes el derecho a deducción. El SAT solo reconoce gastos respaldados por CFDI emitido a tu nombre con RFC correcto. Sin factura electrónica, el gasto no existe fiscalmente.

¿Las deducciones aplican igual para segunda vivienda?

No necesariamente. Las deducciones de intereses hipotecarios aplican principalmente a casa habitación. Si la segunda propiedad es inversión o arrendamiento, el tratamiento fiscal es diferente y más complejo.

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Jorge Calzada Zubiría

Consejero y Socio Cofundador de Grupo CAISA. Crecimos desde cero a una organización de más de 800 colaboradores asumiendo una posición de liderazgo en todos los aspectos de la organización desde su concepción y consolidación hasta ser un referente y líder en el mercado inmobiliario de la vivienda de interés medio en el estado de Querétaro.

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